Aunque aún pasarán semanas antes de que los nuevos beneficiarios
puedan cobrar las ayudas del programa 2013-2016, conozca todas las
claves sobre quiénes podrán solicitarlas y a qué ventanilla deberán
dirigirse.
P ¿A quiénes van dirigidas las nuevas ayudas directas al alquiler?
R Podrán ser beneficiarias las personas físicas
mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los siguientes
requisitos: primero, ser titular o estar en condiciones de suscribir un
contrato de arrendamiento de vivienda, con mención expresa de su
referencia catastral, formalizado en los términos de la Ley 29/1994 de
Arrendamientos Urbanos, en calidad de inquilino o arrendatario. Además,
la vivienda en la que ya esté alquilado o vaya arrendar debe constituir
su residencia habitual y permanente. Y como tercer requisito crucial,
los ingresos de la unidad familiar que resida en dicha casa no podrán
ser superiores a los límites establecidos por la ley o,
excepcionalmente, que no supere en tres veces el IPREM.
P ¿Serán distintos los máximos de ingresos permitidos según sea el número de miembros del hogar que alquile?
R Sí, para evitar el fraude que se cometió hasta en
un 25% de los casos de los antiguos perceptores de la renta básica de
emancipación, el Gobierno ha establecido distintos límites en función
del número de miembros de la denominada unidad de convivencia. Así, para
familias monoparentales, la cuantía del IPREM se multiplica por 1. (El
IPREM establecido para 2013 es de 532,51 euros al mes o 7.455,14 euros
anuales). Si la unidad está compuesta por dos o más personas, el primer
adulto computa una vez el IPREM, cada persona adicional de 14 años o más
computa 0,5 veces el IPREM y cada persona adicional menor de 14 años
computa 0,3 veces el IPREM.
P¿Podrán solicitarlo todos los inquilinos sin tener en cuenta el alquiler que paguen o vayan a pagar?
R No, el Gobierno estima que si la ayuda está
destinada a paliar la situación de los más desfavorecidos no tiene
sentido subvencionar alquileres de 1.000 euros. Por ello, la renta tope
que podrá estar sujeta a subvención debe ser de 600 euros, salvo que la
comunidad autónoma donde se ubique establezca límites inferiores.
P ¿Cómo se podrán solicitar estas ayudas y qué cuantía pueden alcanzar?
R La gestión de las subvenciones corresponde a los
gobiernos autonómicos y a los de las ciudades autónomas de Ceuta y
Melilla. Serán éstas quienes pongan en marcha las convocatorias públicas
correspondientes. Aunque Fomento es reticente a establecer cuantías
cerradas, se calcula que en promedio alcanzará los 200 euros.
P ¿Qué administración será la encargada de realizar el abono correspondiente?
R El Ministerio de Fomento transferirá el dinero a
las autonomías, siendo, por tanto, estas últimas las que abonarán la
ayuda al beneficiario.
P ¿Cuánto tiempo se podrá mantener el cobro de esta prestación?
R En principio, el plazo es de 12 meses,
prorrogables, previa solicitud del interesado, en periodos sucesivos de
otros 12 meses hasta el próximo 31 de diciembre de 2016.
P ¿Cuándo estarán listas las ayudas para poder empezar a tramitarse?
R Como las cosas de palacio van despacio y las
competencias en materia de vivienda y urbanismo están transferidas a las
comunidades autónomas aún queda tiempo. Ahora, el siguiente paso es que
Fomento suscriba un convenio de colaboración con cada una de las
comunidades autónomas, excepto País Vasco y Navarra, con competencias
especiales; además de con Ceuta y Melilla. Por la experiencia de otros
planes de vivienda anteriores y si los trámites se agilizan, las ayudas
podrían comenzar a tramitarse antes de verano. De lo contrario, no
estarán ultimadas hasta finales de año.
P ¿A cuántos hogares está previsto que lleguen las subvenciones?
R Con los nuevos controles y tras rebajar
ligeramente la cuantía (la renta básica de emancipación era de 210
euros), está previsto que la ayuda beneficie a unas 133.000 familias, en
lugar de los 80 perceptores actuales.
P Yen materia de rehabilitación, ¿qué requisitos deberán cumplir los interesados en acceder a una de las nuevas subvenciones?
R No está prevista ayuda alguna para obras a título
individual, por lo que deberán ser siempre las comunidades de
propietarios o dueños únicos de edificios quienes soliciten la ayuda. Va
encaminada a edificios con una antigüedad anterior a 1981, que al menos
el 70% de las viviendas que los componen constituyan el domicilio
habitual de sus moradores y que el 70% de su superficie construida sobre
rasante tenga uso residencial. Excepcionalmente, se admitirán obras en
edificios que, sin cumplir las condiciones ya citadas, presenten graves
daños estructurales que justifiquen su inclusión en esta iniciativa.
Como en el caso del alquiler, serán las autonomías quienes tramiten las
subvenciones.
P ¿Con qué presupuesto cuenta el Ejecutivo para financiar todo este programa de actuaciones?
R En las próximas semanas, el Consejo de Ministros
establecerá las cuantías máximas que podrán alcanzar las ayudas con
detalle. El presupuesto estimado es de 2.311 millones.
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